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pipepetepete

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  1. A mi me gusta el científico que demostró la tele transportación de partículas ,como estaría tele transportarse a la casa de Hugh Hefner (mansion play boy)en un abrir y cerrar de ojos... no lo creen,dudais dudones?,vean como la ciencia cada dia mas descubre el misterioso universo cuantico en que vivimos.......SL2
  2. Por que tanto misterio con la musa ....den el dato si no la queremos pa casarse..shiaa
  3. En la foto el único que lleva el paso cambiado es Paul,los otros 3 al mismo ritmo sera que paul era el aguafiestas rex.... xd
  4. Sabian que estuvimos mas cerca que con Argentina en 1978.....shiaa los piñiñentos jaja Guerra Civil de 1891 Durante la guerra civil chilena de 1891, Estados Unidos respaldó al presidente José Manuel Balmaceda, como una manera de aumentar su influencia en Chile, mientras que el Reino Unido apoyó a las fuerzas del Congreso. Tras la derrota y suicidio de Balmaceda, los estadounidenses decidieron involucrarse más directamente en los asuntos internos de Chile a cualquier precio ―incluyendo la guerra―, con el objetivo de expulsar a los intereses británicos en la región. El incidente Itata y el caso Baltimore El USS Baltimore. El incidente del Itata (en 1891) fue un escándalo que ocurrió cuando Estados Unidos intentó enviar armas destinadas a ayudar a las fuerzas presidenciales chilenas apoyadas por Estados Unidos. El incidente de Itata desembocó en un segundo altercado conocido como el caso Baltimore. Después de que el Itata partió de Iquique para volver a Estados Unidos, a la tripulación del Baltimore se le dio permiso para bajarse en Valparaíso. El 16 de octubre de 1891, una multitud de chilenos enfurecidos enojados por el inicdente del Itata, atacó a los marineros del Baltimore. Dos marinos murieron y varios resultaron heridos de gravedad. Eso provocó disturbios Valparaíso y amenazas de los funcionarios estadounidenses enfurecidos, amenazando con ir a la guerra en contra Chile, que ya estaba bajo el control del Congreso. La guerra entre Estados Unidos y Chile se evitó en última instancia, cuando el gobierno chileno cedió, y aunque sostenía que los marineros eran los culpables de los disturbios, ofreció pagar una indemnización de 75 000 dólares a las familias de las víctimas. Esta es, entre otras, una de las razones por las que Benjamin Harrison no fue reelecto para un segundo mandato como presidente de Estados Unidos.
  5. No le extrañe master,el negocio tiene que seguir,la globalizacion tambien,solo les falta que ocurra un cagazo mayusculo en la humanidad,para como excusa instaurar un gobierno mundial y de ahi esta todo escrito....sl2
  6. Lo unico cierto es que el nivel de vida actual basado en el consumismo y en una banca usurera que crea dinero de la nada y especulando perversamente, segun científicos es insostenible en el tiempo si no se encuentra un subtituto viable al Petróleo,de ahi que algunos plantean el planeamiento por parte de la élite mundial de una pandemia mundial o guerra nuclear controlada para disminuir la población mundial si o si. Dulces sueños
  7. Obvio que permiten la musica satanica en Israel, si en su propia bandera les pusieron el tetragramaton, luego de crear el estado Sionista despues de terminada la Segunda Guerra Mundial, simbolo antiguo del dios Moloch osea el cachuo. Nada con el pueblo Judio ni con el pueblo Palestino, solo son titeres y exclavos de sus gobernantes hijos de belcebu.SL2
  8. La Estafa Global Bancaria en un Dibujo Animado......ctm despues de esto creen todavia en santa claus???
  9. Aqui esta la respuesta los famosos Rothshield.....tamos cagaos el cagazo viene tarde o temprano...SL2
  10. Aqui nuestros gobernantes son los weones que no les golpean la mesa a estos cholos odiosos.....o se acata el fallo de la Haya con todas las normas que impone los tratados internacionales o queda nulo y no se aplica por reveldia y desacato de una de las partes. SL2
  11. Bueno por un lado es lo logico si tarde o temprano te van a pillar.....se hacen mieeerrr jeje http://www.lun.com/Pages/NewsDetail.aspx?dt=2014-08-15&PaginaId=2&bodyid=0
  12. Lennon Genio,los demas un escalon por debajo de este.....sl2
  13. Es muy sabio ese dicho .....No hay muerto malo,puta que era buen actor el weon dicen todos ahora.
  14. Segun los ultimos reportes de noticiarios.... El portavoz dijo que Williams estaba vestido, en posición sentada pero levemente suspendida, con un cinturón alrededor del cuello que estaba fijado entre la puerta y el marco de la misma. La causa oficial preliminar de la muerte es "asfixia por ahorcamiento". Una victima mas del trastorno maniaco depresivo osea la famosa Bipolaridad,un dia estas arriba al rato en el suelo hecho mierdaa por la depresion una terrible enfermedad,dificil de llevar hasta para los Ricos, exitosos y famosos....Q.E.P.D
  15. Si una empresa no puede pagar un sueldo digno,imposiciones,finiquitos y años de servicio,no es viable financieramente ni es un aporte al pais,solo le queda la quiebra,eso,la exclavitud y los campos de concentracion se acabaron hace decadas gracias a Dios...SL2
  16. Cambia la cosa,Heller se puso las pilas y dejo de vender humos como el maraco sonriente del yurasek.....si seguimos asi se vienen buenos tiempos...sl2
  17. http://www.sopitas.com/site/361067-por-que-los-beatles-cruzaron-la-calle-45-anos-de-la-foto-en-abbey-road/
  18. Aqui esta la madre del cordero y se repiten nombres.......de curaos http://www.puranoticia.cl/front/contenido/2014/08/07/108734/periodista-enumero-por-twitter-actos-de-indisciplina-de-la-roja-en-brasil-.php
  19. Breve Historia del Asunto de Indemnizaciones por años de Servicio en Chile. Un hito importante en este periodo fue la dictación del Decreto con Fuerza de Ley N° 243, 1953 que reconoció el derecho a indemnización por años de servicio a los obreros. Era indemnizable todo el periodo que el obrero tenga imposiciones a partir de enero de 1954, y las mitad de este por el anterior a 10 años. Periodo Frei Montalva Destaca en este periodo la Ley N° 16.455, norma para la terminación del contrato de trabajo, dictada durante el gobierno de Eduardo Frei Montalva. Con esta ley se estableció que el despido debía ser causado. Por ello, si empleador despedía sin causa, o no se configuraba específicamente la causal, el juez podía ordenar la reincorporación y a pagar una indemnización de un mes por año servido en la empresa .Sin tope Periodo de Pinochito Este periodo comienza con la dictación del Decreto Ley N° 2.200 de 1978 . Si el trabajador tiene más de un año en la empresa, el empleador debe pagar una indemnización extraordinaria equivalente a la última remuneración mensual por cada año de servicio y fracción, sin tope. Indemnización compatible con la indemnización por el aviso previo" . En el año 1987 la Ley N° 18.620 aprobó el nuevo Código del Trabajo, siendo este una recopilación de una serie de normas que se encontraban dispersas en el derecho laboral chileno19. Así, el código estableció, siguiendo la misma línea de las leyes comentadas, el libre desahucio de los empleadores para despedir a los trabajadores (sin invocar causal alguna), debiendo dar un aviso de 30 días y pagar una indemnización de un mes de remuneración por año de servicio, con un tope de 150 días (7 años) para los trabajadores contratados después de 14 de agosto de 1981, y sin tope para los contratados antes de esa fecha. Periodo de 1990- en adelante (concertacion) En el ámbito legislativo las leyes modificatorias22 al Código del Trabajo, buscaron en general conjugar tres principios: más equidad en las relaciones de trabajo; más y mejor participación autónoma de los actores en la formación de decisiones colectivas sobre sus condiciones de trabajo y empleo en las empresas y; más eficacia para el Trabajo Aumento del tope de la indemnización por años de servicio de 150 a 330 días (es decir de siete a once meses) ( 7 a 11 años de servicio como tope) Senadores señores Sergio Diez, Jaime Guzmán y Sebastián Piñera presentaron una indicación que sustituida el artículo 5 del mensaje, imponiendo como tope a la indemnización de años de servicios "a un límite máximo de trescientos días de remuneración". Sl2
  20. Si master seran weones en la carta de aviso decia que se me desvinculaba desde ese mismo dia y mas encima daban fecha de pago del finiquito para dos semanas mas......pa mi que me la tiraron para ver si picaba,adonde la vieron los pillos qliaos,estan hablando con un forero califa de la estokada pue...jeje
  21. Ahi tiene su carta de aviso con 30 dias de anticipacion,osea trabajo hasta fin de mes? pregunte al breas del supervisor,no trabaja hasta hoy dia...jeje como es la wea,donde es con 30 dias de anticipacion esta wea....seran weones creen que la gente es de la chacra. Siempre agarrar la cartita,junto con el contrato y las ultimas liquidaciones y partir a la inspeccion mas cercana,ahi me calcularon los items a pagar y le hicieron la media tapita a la empresa,osea cancelar: Mes de aviso previo,años de servicio,vacaciones proporcionales y dias pendientes trabajados. weeeeena,excelente
  22. Por desleal con la empresa segun la caga de supervisor,pero por necesidades de la empresa segun el finiquito,osea me tienen que pagar todo. Denunciar irregularidades es ser desleal,el mundo al reves en este subdesarrollado pais,sera la cosa,en todo caso firme altiro me tenia chato la caga de pega me sacaron un peso de encima,no estoy algando nada,solo es una breve guia para los que necesiten,y no les pasen gato por liebre. SL2
  23. Hace poco quede sin pega y andaba medio perdido Asi que aqui una guia para el que lo necesite.. Sl2 Para que el despido sea válido, el empleador(a) debe acompañar al aviso de término de contrato, los certificados que acrediten el pago de las cotizaciones previsionales (pensiones, AFP o INP); de salud (Fonasa o Isapre), y seguro de cesantía si correspondiere, hasta el último día del mes anterior al despido Si no ha efectuado el pago integro de dichas cotizaciones al momento del despido, éste no producirá el efecto de poner término al contrato, y deberá pagar al trabajador las remuneraciones y demás prestaciones establecidas en el contrato durante el período comprendido entre la fecha del despido y la fecha de envío de la comunicación en que acredite el pago de las imposiciones morosas. ¿Qué puede hacer el trabajador(a) que tiene objeciones a lo planteado en el finiquito? Si el trabajador(a) no está de acuerdo con el detalle de los pagos que le corresponden, puede dejar constancia en el mismo finiquito de lo que estima se le adeuda, haciendo la expresa reserva de estos derechos, y aceptar los otros pagos al momento de estampar su firma ante el ministro de fe; por ejemplo, el pago de gratificación pendiente. Generalmente, el finiquito debe contener el detalle del pago por vacaciones proporcionales que corresponde al trabajador(a) al momento del despido. El trabajador(a) no debe firmar el finiquito si no está de acuerdo con la o las causales de despido invocadas. ¿Cómo y cuándo deben pagarse las indemnizaciones? El empleador(a) estará obligado a pagar las indemnizaciones en un solo acto al momento de extender el finiquito. No obstante, las partes pueden acordar este pago en cuotas, dejando claramente establecido el monto a pagar, intereses y reajustes del periodo, y fecha, hora y lugar donde se efectuará el pago. Todos estos acuerdos deben quedar formalizados en el finiquito y ratificados ante la Inspección del Trabajo. RESERVA DE DERECHOS : FIRMAR PERO COLOCAR EN FINIQUITO LA RESERVA DE DERECHOS. SI EL DESPIDO ES INJUSTIFICADO NO FIRMAR FINIQUITO Y ACUDIR A LA INSPECCION MAS CERCANA O DEJAR CONSTANCIA POR INTERNET SACAR FOTOCOPIA E IR CON CARTA AVISO, CONTRATO, ULTIMA LIQUIDACION e Interponer una denuncia o reclamo en contra Del empleador. ¿Cuál es el procedimiento para poner término a la relación laboral con derecho a indemnización cuando es el empleador quien incurre en algunas de las causales de término imputable a su conducta? Cuando el trabajador pone término a su contrato de trabajo mediante la figura del despido indirecto o autodespido, que regula el artículo 171 del Código del Trabajo, por estimar que el empleador ha incurrido en alguna de las causales que se establecen en los N° 1 (falta de probidad del trabajador en el desempeño de sus funciones, conductas de acoso sexual, vías de hecho ejercidas por el trabajador en contra del empleador o de cualquier trabajador que se desempeñe en la misma empresa, injurias proferidas por el trabajador al empleador, conducta inmoral del trabajador que afecte a la empresa donde se desempeña, conductas de acoso laboral), N° 5 (actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los trabajadores, o a la salud de éstos) ó N° 7 (incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato), todos del artículo 160 del Código del Trabajo, nace para el dependiente el derecho a percibir la indemnización sustitutiva del aviso previo y la indemnización por años de servicio en caso de corresponder. Para estos efectos el trabajador debe comunicar por escrito a su empleador el término del contrato, con copia a la Inspección del Trabajo respectiva, indicando la o las causales legales que se invocan y los hechos en que se funda el término del contrato. El trabajador deberá concurrir a los Tribunales de Justicia, dentro del plazo de 60 días hábiles, contados desde la terminación de los servicios, para interponer la demanda por despido indirecto.
  24. Media afiebrada y cabezita de calefont su opinion maste sexorro,le dijo altiro q no se va poder hacer sus peticiones,ya que lamentablemente Los Judios manejan todo,la banca,medios de comunicacion,armamentismo de ultima generacion,seguridad privada,informatica,hasta el porno mundial....ETC ETC. Imposibile SL2
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