Saltar al contenido
carioca_viña

La Nueva Ley Antitabaco Se Aplica A Los Ccp?

Mensajes recomendados

Estokadores:

 

Como todos ya sabemos, el Viernes 1° de Marzo entra en vigor la nueva Ley Antitabaco, se supone que no se aplicaría para centros de diversión Adultas, pero como interpretar esta nueva ley, afectara a los recintos como CCP y Cabaret? A continuación detallo los lugares prohibidos y saquemos nuestras propias conclusiones:

 

 

Lugares prohibidos:
1.- Establecimientos educacionales parvularios, básicos y medios, independientemente que
sean espacios abiertos o cerrados.
2.- Recintos donde se expenda combustible (Se incorpora los locales comerciales de bencineras).
3.- Aquellos lugares donde se fabriquen, procesen, depositen o manipulen explosivos, materiales inflamables, medicamentos o alimentos.
4.- En las galerías, tribunas y otras aposentadurías destinadas al público en los recintos deportivos, gimnasios o estadios. Esta prohibición se extiende a la cancha y a toda el área comprendida en el perímetro conformado por dichas galerías, tribunas y aposentadurías, salvo en los lugares especialmente habilitados para fumar que podrán tener los mencionados recintos.
5.- Medios de transporte de uso público o colectivo, incluyendo ascensores.
6.- Establecimientos de educación superior, públicos y privados.
7.- Establecimientos de salud, públicos y privados.
8.- Aeropuertos y terrapuertos .
9.- Teatros y cines.
10.- Centros de atención o de prestación de servicios abiertos al público en general.
11.- Supermercados, centros comerciales y demás establecimientos similares de libre acceso al público.
12.- Pubs, restaurantes, discotecas y casinos de juego.
Sanciones
13.-Si usted es fumador será mejor que piense dos veces si pretende encender un cigarrillo en un lugar prohibido. La multa que extenderán los fiscalizadores municipales o de la Seremi de Salud para los infractores alcanza las 2 unidades tributarias mensuales (80 mil pesos).
14.- La multa también puede recaer en el dueño, director o administrador del establecimiento respectivo. No evitar el encendido de cigarros de parte de un cliente puede significar también 80 mil pesos de multa. De todas maneras estos últimos pueden eximirse del pago, acreditando que se conminó al fumador a cumplir la ley o a abandonar el lugar y con posterioridad se formuló la denuncia respectiva a la autoridad fiscalizadora.
Sin mas que informar se despide atte,
Carioca Viña
Enlace a comentario
Compartir con otras webs

Estokadores,

 

Ya se curso la primera multa a un CCP en Santiago, el malobrado recinto fue "Acapulco",

 

http://terratv.terra.cl/videos/Noticias/Nacional/4568-457833/Ley-de-Tabaco-sorpresiva-fiscalizacion-en-cafe-con-piernas.htm

 

Ojo con esto ya que la Ley es para todos los recintos, evitemos infracciones!!!

 

Atte,

 

Carioca Viña

Enlace a comentario
Compartir con otras webs

Se aplika kaballeros de la Noche......tuve ke salir con mi pucho del Western en Quilpue a kausa

de la ley....hasta las señorinas salen a fumar kontigo a la entrada del Lokal.

 

Una pena!

 

UFC

Enlace a comentario
Compartir con otras webs

Así es, no he podido fumar en ninguno de ellos .... no es malo en todo caso, sobre todo por las señoritas que están metidas horas y horas respirando basura .... ojo con los CCPs que están en galerías ... para fumar hay que salir literalmente a la calle.

 

Un caso puntual de nuestra zona .... los CCPs que están en el Portal Alamos, técnicamente se encuentran en una galería por lo que se hace necesario bajar las escalas a fumar un pucho .... por ejemplo, en el caso del Café Negro ya se les advirtió que a su vez informaran a sus clientes que no sirve salir a la escala a fumar ... hay que bajarla y salir de ella.

 

En fin

 

TTN63

Enlace a comentario
Compartir con otras webs

Pa hacerla corta, cualquier wea que tenga un techo no removible, no se puede fumar osea si el techo fuera de puros quitasoles....en teoría se puede, pero siempre se está al "criterio" del fiscalizador, asi q fume en la calle o en su casa, y punto (ahora de ahí a q lo pillen es otro tema)

Enlace a comentario
Compartir con otras webs

Crear una cuenta o conéctate para comentar

Necesitas ser usuario para poder dejar un comentario

Crear una cuenta

Registrarse para una nueva cuenta en nuestra comunidad. ¡Es fácil!

Registrar una nueva cuenta

Conectarse

¿Ya tienes una cuenta? Conéctate aquí.

Conéctate ahora


  • Visualizado recientemente   0 usuarios

    • No hay usuarios registrado para ver esta página.
×
×
  • Crear nuevo...