Post-Glosador Publicado 24 may 2007, 20:00:00 Publicado 24 may 2007, 20:00:00 Sin perjuicio de la legitima opción de no interesarse por los temas públicos, se me ocurrió preguntarles si entienden la trascendencia o significado que tiene el reciente fallo de la OMC (Organización Mundial de Comercio) que declara ilegal el sistema de bandas de precios utilizado por Chile para el caso de la harina de trigo procedente de Argentina. Veamos que tan instruidos en temas públicos somos. Espero comentarios. Hay que echarle pa' delante porque pa' atrás se sale.
El Inmoral Publicado 25 may 2007, 15:05:13 Publicado 25 may 2007, 15:05:13 En Diciembre de 2005 el país impuso la denominada BANDA DE PRECIOS para el trigo, es decir, un intervalo de precios (piso-techo). Inmediatamente despues de que comenazara este sistema Argentina interpuso un reclamo por considerarlo una medida que no correspondia con un "sano comercio" ya que era un precio variable en la exportación de un producto. La OMC fallo a favor de los argentinos, por ende de acá a dos meses debería quedar sin efecto la medida de "banda de precios". No creo que corresponda el termino "ilegal" lo que consideraron es que era poco transparente y no va de la mano con las actuales condiciones en la que se desarrolla el comercio mundial. Tenemos otros mecanismos de defensa ante esto, por otro lado estamos con productos agrícolas alcanzando precios historicos........ Slds, EI
Post-Glosador Publicado 25 may 2007, 18:53:22 Autor Publicado 25 may 2007, 18:53:22 En Diciembre de 2005 el país impuso la denominada BANDA DE PRECIOS para el trigo, es decir, un intervalo de precios (piso-techo).Inmediatamente despues de que comenazara este sistema Argentina interpuso un reclamo por considerarlo una medida que no correspondia con un "sano comercio" ya que era un precio variable en la exportación de un producto. La OMC fallo a favor de los argentinos, por ende de acá a dos meses debería quedar sin efecto la medida de "banda de precios". No creo que corresponda el termino "ilegal" lo que consideraron es que era poco transparente y no va de la mano con las actuales condiciones en la que se desarrolla el comercio mundial. Tenemos otros mecanismos de defensa ante esto, por otro lado estamos con productos agrícolas alcanzando precios historicos........ Slds, EI Aparentemente nadie más entiende o conoce el efecto que la resolución de la OMC debiera producir en el breve tiempo. Respecto de la calificación de "ilegal" que le asigna la OMC al sistema de bandas de precios que impuso Chile, es una denominación correcta desde el punto de vista de los tratados internacionales, particularmente en lo que respecta al Acuerdo de Marrakech por el que se estableció la Organización Mundial de Comercio. Los tratados internacionales suscritos y ratificados por Chile, tienen el valor de ley, por tanto, cualquier decisión que se aparte del texto aprobado adquiere el carácter de ilegal. En cuanto al efecto de la eliminación de la banda de precio a la harina argentina, me referiré más adelante. En todo caso, hay mucho que decir. Por último, se me olvidaba decir que la banda de precios data de antes del año 2005. Se estima que Chile lleva aplicando ese mecanismo casi por 20 años, fundado en lo que establecía la Ley 18.525 que regulaba la importación de mercancías al país. Hay que echarle pa' delante porque pa' atrás se sale.
El Inmoral Publicado 25 may 2007, 20:35:50 Publicado 25 may 2007, 20:35:50 Como se aprende en la estokada......... Para que quede claro: Banda de Precios: El sistema de bandas de precio de Chile consiste en aumentar el arancel (impuesto aplicado a los bienes importados) de un producto cuando disminuye su precio en el mercado internacional (o bajarlo cuando disminuye). Ahora por lo que he leído Chile puede o no acoger la desición de la OMC, es así? Por otro lado según entiendo Chile pondría un arancel de 31,5% a dichas importaciones, siendo este el máximo permitido. A todo esto lo único que tengo que ver con el trigo es que me gusta el mote con huesillos (y el otro TB.). Slds, EI
guli Publicado 27 may 2007, 03:20:27 Publicado 27 may 2007, 03:20:27 la harina será más barata? o me equivoco?
Post-Glosador Publicado 27 may 2007, 18:26:01 Autor Publicado 27 may 2007, 18:26:01 Como dijo el destripador, vamos por parte: 1. El sistema de bandas de precio impuesto por Chile, es una medida proteccionista que busca resguardar nuestra producción nacional - en este caso del trigo - de la fuerte competencia que representa el trigo argentino. Como ustedes bien sabrán, el costo de producción del trigo en el país vecino es muy inferior al costo de producirlo en Chile, sin perjuicio que además ellos poseen calidades de producto muy superiores a las nuestras. 2. Respecto de la calidad, en Argentina se obtienen 5 subproductos de la molienda del trigo, sin perjuicio que también los desechos son utilizables, por ejemplo, el afrechillo, el semitin, la semita, etc., que se utilizan en diversas industrias, como la ganadera y la pecuaria (como insumo en la elaboración de pellets para alimentar salmones). 3. En cuanto a la eliminación de la banda de precios, Chile está obligado a eliminarla. No es facultativo del país aplicar o no una decisión de esta índole, menos aún cuando Chile se sometió voluntariamente a este mecanismo de solución de controversias. Dicho de otra forma, cuando suscribimos y ratificamos un Acuerdo o Tratado internacional, dicho texto adquiere fuerza de ley en Chile, por tanto, la autoridad está obligada a cumplir con esa norma. Sin perjuicio de ello, cuando suscribimos un Acuerdo o Tratado internacional, está en juego la confiabilidad internacional del país. No podemos adherirnos a un pacto internacional para luego, frente a una decisión adversa, retirarnosy no acatar dicha decisión. La Convención de Viena, sobre el derecho de los Tratados, consagra el principio "PACTA SUNT SERVANDA" que significa que los tratados deben cumplirse de buena fe. Chile adhirió a esa convención, por tanto, debe cumplirla. 4. En cuanto al efecto de la resolución de la OMC, en mi opinión debieran ocurrir dos cosas: a) Un aumento en las importaciones de trigo argentino, y con ello una baja en el precio de la harina. b) Una mejora en la calidad de los productos derivados de la harina que consumimos en Chile. Reitero que la calidad de la harina argentina es superior a la chilena, sin perjuicio que - además - ellos utilizan en la producción de alimentos humanos sólo aquellos subproductos de mejor calidad. Si hacemos una comparación, la harina de mejor calidad en Chile, equivale a la harina de tercera calidad argentina. 5. No obstante lo dicho, y entendiendo que nuestros agricultores no quedarán satisfechos con la decisión de eliminar las bandas de precios, pues les obliga a competir con los productores argentinos en igualdad de condiciones, estimo que presionarán al gobierno para que se adopten mecanismos que subsidien la producción nacional, cuestión que también puede ser objeto de una nueva controversia internacional. Lo otro que puede ocurrir, es que nuestros agricultores - a través de parlamentarios de la zona - comiencen a sostener la idea de que Argentina subsidia la harina de exportación, lo cual justificaría la aplicación de derechos antidumping por parte de Chile, extendiendo el conflicto artificialmente y para el sólo objeto de evitar la presión de los productores nacionales. 5. Mi opinión es la siguiente: Si por una parte promueves y celebras acuerdos y tratados que buscan eliminar las barreras arancelarias y no arancelarias, fomentando el Libre Comercio entre las naciones, no debes impulsar en paralelo mecanismos que entraban el libre intercambio comercial sustentando monopolios de sectores que se niegan a invertir para mejorar su capacidad productiva y que, por otra parte, se acostumbraron a ganar dinero fácil a costa de pagar remuneraciones miserables manteniendo sistemas de abusos laborales propios del campesinado del siglo XIX. Si estamos por el Libre Comercio y la economía globalizada, debemos estarlo siempre y no sólo cuando nos convenga. Hay que echarle pa' delante porque pa' atrás se sale.